ARTÍCULO 141
Los resultados de las convocatorias a concurso o licitación de obras públicas, adquisiciones, arrendamientos, concesiones y prestación de servicios deberán contener lo dispuesto por la ley de la materia.
Articulo 141. Los resultados de las convocatorias a concurso o licitación de obras públicas, adquisiciones, arrendamientos, concesiones y prestación de servicios deberán contener lo dispuesto por la ley de la materia
Fecha de actualización: 30/06/2023
Fecha de validación: 10/07/2023
Periodo de actualización: Trimestral
Área responsable: Coordinación de Obras y Conservación