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Artículo 146

Obligaciones de Transparencia:

Artículo 146. Con el objeto de verificar que la información pública que recibe cualquier persona es la versión más actualizada, el sujeto obligado deberá difundir, dentro del primer mes de cada año, un calendario de actualización, por cada contenido de información y el área responsable. En caso de que no exista una norma que ya instruya la actualización de algún contenido, éste deberá actualizarse al menos cada tres meses. En todos los casos se deberá indicar la última actualización por cada rubro. El Instituto realizará, de forma trimestral revisiones a los portales de transparencia de los sujetos obligados a fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones contenidas en este Título.


Para dar cumplimiento a esta disposición, se deberá publicar en la página inicial de la sección de transparencia, a más tardar el último día del mes de enero de cada año, un hipervínculo al Calendario de Actualización de las Obligaciones de Transparencia publicadas en el Portal de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia.

Articulo 146

 

Informacion

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Fecha de actualización:  31/12/2023

Fecha de validación: 10/01/2024

Periodo de actualización: Anual

Área responsable: Unidad de Transparencia